Segunda Sala Regional en Sinaloa | Expediente 4958/25-03-02-9
Las multas impugnadas
Multas múltiples
Impuestas por el SAT estatal de Sinaloa en octubre de 2024
CFF
Artículo 73
No se impondrán multas cuando el contribuyente cumpla de forma espontánea sus obligaciones, salvo que la autoridad haya notificado previamente un requerimiento válido
LFPCA
Artículo 42
La presunción de legalidad cede ante la negación lisa y llana; la carga de la prueba se invierte hacia la autoridad
Sobreseimiento rechazado
La revocación del acto no basta si no satisface plenamente la pretensión del demandante
El Tribunal exige que el contribuyente obtenga el mayor beneficio posible, no solo la extinción formal del acto
Jurisprudencia 2a./J.156/2008, Segunda Sala SCJN
El resultado
NULIDAD TOTAL
Las multas quedaron sin efecto al no acreditarse la notificación legal de los requerimientos
Academia de Amparo
Análisis de Sentencia · Fiscal · TFJA
SIN NOTIFICACIÓN NO HAY MULTA
Cuando la autoridad no prueba el requerimiento, el cumplimiento es espontáneo
Expediente 4958/25-03-02-9
Casos reales del Tribunal Federal de Justicia Administrativa donde el ciudadano vence al Estado.